¿Estás listo para la Declaración de Renta?
Durante los tres primeros meses de cada año, se inicia un proceso dentro del gremio contable, conocido como la ZAFRA, durante este periodo, trabajamos fuertemente en la confección y presentación de la Declaración de Renta.
Una Declaración de Renta no es más que el resumen de las actividades de ingresos, costos y gastos de una empresa, ya sea una persona natural o jurídica, en donde el resultado de la operación genera una utilidad gravable de impuesto o tributo dentro del territorio panameño. Esta declaración debe ser presentada electrónicamente ante la Dirección Regional de Ingresos.
De acuerdo a lo establecido por el Artículo 81 del Decreto 98 del 27 de Septiembre del 2010, la Declaración de Renta debe contener toda la información relacionada a la actividad comercial del año fiscal anterior, sin dejar excluidas las distribuciones de las utilidades, generadas entre los accionistas.
La presentación de la Declaración de Renta se debe realizar a través del portal web de la Dirección General de Ingresos o DGI. Además, se deben presentar los anexos necesarios que complementan y justifican los datos, cuya obligación está contemplada en el Artículo 710 del Código Fiscal.
La no presentación del formulario de la Declaración de Renta, acarrea un multa de $100.00 y $500.00 para las personas naturales y jurídicas, respectivamente; estas sanciones están contempladas en el Parágrafo 4, modificado de la Ley 52 del 28 de agosto de 2012.
Fechas límite
Las Fechas límite para la presentación de la Declaración de Renta son:
- Las Personas Naturales tienen hasta el 15 de marzo de cada año, con opción a una prórroga de un mes adicional, hasta el 15 de abril.
- Personas Jurídicas tienen hasta el 30 de marzo de cada año, más un mes de prórroga adicional, hasta el 30 de abril.
Tenga en cuenta esto, tanto personas naturales como jurídicas, deben declarar los 12 meses del año anterior. Las fechas límite de presentación no aplican para el pago del impuesto generado de la obligación.
Informes y Anexos
Con la presentación del formulario de Declaración de Renta se debe consignar una documentación adicional, como el Informe de Compras, el Anexo 94 y el formulario 72, entre otros.
El Formulario 43, permite identificar todas las compras e importaciones de bienes y servicios relacionados a costos o gastos del contribuyente, para la producción de renta o conservación de la misma y que constituyen un ingreso gravable para quien los provea.
Por otro lado, el Anexo 94 presenta el “Detalle de Otros Costos y Gastos”, mientas que el Informe 72 presenta el “Detalle Costos y Gastos” requerido por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).
Como por arte de magia…
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